¿Qué son las Listas LA/FT y por qué son claves en la prevención de riesgos?
Según la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos de El Salvador, es una obligación legal para los sujetos obligados implementar controles para evitar transacciones con personas incluidas en listas de sanciones o listas de vigilancia relacionadas con delitos financieros.

En el ámbito del cumplimiento normativo y la prevención de riesgos, las listas LA/FT (Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo) juegan un papel fundamental para prevenir que las empresas, instituciones financieras y otras entidades reguladas se vinculen con personas, empresas u organizaciones que puedan representar un riesgo por estar involucradas en actividades ilícitas.

Según la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos de El Salvador, es una obligación legal para los sujetos obligados implementar controles para evitar transacciones con personas incluidas en listas de sanciones o listas de vigilancia relacionadas con delitos financieros.

El Artículo 9 de la LCLDA establece la obligación de aplicar políticas de debida diligencia y conocer el origen de los fondos de los clientes. Mientras que el Artículo 10 subraya que las entidades supervisadas deben contar con mecanismos adecuados para prevenir el lavado de dinero, incluyendo el monitoreo y consulta en listas restrictivas.

Tipos de listas LA/FT

Las listas LA/FT se dividen en dos categorías principales:

1. Listas Vinculantes (de cumplimiento obligatorio)

Son aquellas listas de sanciones internacionales que deben ser consultadas y aplicadas por las entidades reguladas en El Salvador. Estas listas incluyen personas y entidades sancionadas por estar involucradas en delitos financieros, terrorismo, corrupción o narcotráfico.

Algunas de las listas vinculantes más relevantes son:

  • Lista de Sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU (Resolución 1267 y sus modificaciones).
  • Lista de Sanciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE.UU.
  • Lista Consolidada de la Unión Europea de Personas y Entidades Sancionadas.List Item
  • Listas GAFI y GAFILAT de países con deficiencias estratégicas en la lucha contra el LA/FT.
  • Lista de PEP o conocida como Lista de personas expuesta políticamente.

En El Salvador, el Artículo 20 de la LCLDA1 establece que los bancos, financieras, casas de cambio y otros sujetos obligados deben asegurarse de no realizar transacciones con personas incluidas en estas listas, bajo pena de sanciones administrativas y penales.

2. Listas Restrictivas (de consulta recomendada)

Aunque no son obligatorias por ley, representan una buena práctica de debida diligencia para fortalecer la gestión del riesgo LA/FT en cualquier empresa o institución.

Algunas listas recomendadas son:

  • Lista Clinton (SDN List de OFAC): Incluye individuos y empresas sancionados por lavado de dinero, narcotráfico y terrorismo.
  • Interpol Red Notices: Listado de personas buscadas internacionalmente por crímenes financieros.
  • Lista de la DEA: Personas vinculadas con el tráfico de drogas y el crimen organizado.
  • ICIJ Offshore Leaks: Base de datos de empresas offshore expuestas en investigaciones como los Pandora Papers.
  • Entre muchas otras

El Artículo 29 de la LCLDA establece que las entidades supervisadas deben evaluar el perfil de riesgo de los clientes y asegurarse de no vincularse con personas que representen una amenaza en materia de delitos financieros.

  1. Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos de El Salvador ↩︎